Qué hace un equipo municipal con drones
- Televigilancia y patrullaje preventivo, como apoyo a las cámaras fijas y a los equipos en terreno.
- Apoyo en emergencias, coordinado con bomberos y el resto de los organismos de la comuna.
- Inspección de infraestructura municipal: techumbres de colegios y recintos, sin subir a nadie.
- Levantamientos para proyectos y expedientes, como el que hicimos de 6,7 hectáreas en la Región Metropolitana.
Cada uno de esos usos pide reglas distintas. La televigilancia es la que más cuidado exige, porque se vuela sobre personas y propiedades.
Lo que la DGAC le exige a un municipio
- El CEO. La DAN 151 exige AOC a quien opera con fines de lucro y CEO a quien opera sin fines de lucro, «que incluye a organismos del estado» (151.003 letra b). La norma no nombra a las municipalidades, pero son organismos del Estado. El detalle está en el CEO para instituciones.
- Una credencial por cada funcionario que vuele, con vigencia de 36 meses.
- El dron registrado en la DGAC antes de operar (151.201). Si es de otra repartición, la norma permite registrarlo a nombre de quien lo usa en comodato o leasing.
- Autorización previa para operar sobre áreas pobladas (151.101), con el permiso del dueño, administrador o autoridad del lugar.
- Las reglas del vuelo en zona urbana (151.104 letra b): solo a la vista del piloto, con autorización previa para subir sobre los 120 metros, y sin sobrevolar predios o propiedades sin autorización del propietario, morador o administrador.
La DAN 151 prohíbe volar de noche sin autorización especial de la DGAC (151.103 letra g, numeral 10). Para los organismos del Estado, esa autorización la da el Subdepartamento de Operaciones, y exige luces de fábrica encendidas en forma constante y un observador RPAS de respaldo (151.104 letra a). El detalle está en vuelo nocturno con drones.
Seguridad sin pasar a llevar la privacidad
La DAN 151 prohíbe violar la privacidad de las personas (151.103 letra g, numeral 3) y, en zona urbana, sobrevolar propiedades sin autorización. Desde el 1 de diciembre de 2026 rige además la Ley 21.719 de protección de datos personales, que alcanza a las imágenes en que se puede identificar a una persona. Cómo se aplica está en drones y privacidad.
Un programa municipal serio parte por escribir sus reglas: quién vuela, para qué, dónde se guardan las imágenes y quién las ve. Hay un modelo en política interna de uso de drones.
Cómo armamos el programa
- Nivel 1, la credencial. La teoría se dicta en la municipalidad o en línea y en vivo, para no sacar al equipo de sus funciones.
- Nivel 2, el equipo industrial y la térmica, si el municipio opera equipos de la línea Matrice.
- Nivel 3, el vuelo nocturno, para la televigilancia de noche.
La práctica de vuelo se hace en un lugar autorizado de la comuna o en nuestro campo del Stade Français, en Las Condes.
Municipios que ya formamos
| Municipio | Qué hicimos |
|---|---|
| Penco | Curso de certificación RPAS enfocado en televigilancia y seguridad: teoría online y práctica de vuelo presencial en terreno. |
| Estación Central | Tres funcionarios, del 19 al 21 de octubre de 2026: teoría en la municipalidad y práctica en el Stade Français, con 100 % de asistencia y de logro. |
| Lo Barnechea | Certificación del equipo municipal con foco en la operación segura en área poblada, comprada por Compra Ágil (orden N° 2735-696-AG26, recepción conforme). |
| Andacollo | Modalidad mixta: teoría online en vivo y una jornada de vuelo en su comuna. Cuatro de cuatro aprobados. |
Cómo se compra
Si el total no supera las 100 UTM —unos $7,2 millones con la UTM de octubre de 2026, $72.151—, el municipio puede comprar por Compra Ágil: pide al menos tres cotizaciones por la plataforma y cierra con la orden de compra. Si lo supera, va a licitación. Lo que no corresponde es partir el programa en varias compras para quedar bajo el tope.
El paso a paso, con bases técnicas tipo para descargar, está en curso de drones por Mercado Público.
Fuentes
- DAN 151 «Operaciones de aeronaves pilotadas a distancia (RPAS) sobre áreas pobladas», Edición 3 (Res. Ex. N° 04/3/0089/1033 del 27 de mayo de 2024), vigente. Secciones 151.003 letra b, 151.101, 151.103 letra g (numerales 3 y 10), 151.104 letras a y b, y 151.201.
- Ley 19.886, artículo 7 letra d) N° 1, en el texto de la Ley 21.634, y Decreto 661 de 2024 de Hacienda, artículos 97 y 98.
- Ley 21.719 de protección de datos personales (vigente desde el 1 de diciembre de 2026).
- Servicio de Impuestos Internos, valor de la UTM de octubre de 2026.
Nicanor Vidal · Gerente de Operaciones y Formación de AÉREO SpA, operador RPAS certificado. Revisa y mantiene las guías normativas del sitio.